Nuevo protocolo de aislamiento: 7 días de cuarentena y multas por incumplirla
- Según el nuevo Decreto publicado en el BOCCE, el aislamiento para personas positivas en COVID-19 asintomáticas o con síntomas leves pasa a ser de siete días
- El incumplimiento de la cuarentena conllevará sanciones
El Boletín Oficial de la Ciudad ha publicado este jueves el nuevo decreto por el que se establecen los nuevos protocolos de aislamiento para aquellas personas que sean casos positivos de COVID-19, así como para los contactos estrechos de los mismos.
Según la nueva normativa, la cuarentena pasará a ser de siete días para aquellas personas que padezcan la enfermedad con síntomas leves o de forma asintomática, "si en el momento de finalización de este periodo la persona está asintomática y han transcurrido al menos tres días tras la resolución de los síntomas, incluidos los casos asintomáticos o leves que se producen en los centros de mayores y otros centros sociosanitarios". Para aquellas personas con enfermedad grave o inmunosupresión se mantiene el periodo de aislamiento mínimo de 21 días.
En el caso de los sanitarios y sociosanitarios, tendrán que realizarse un test de antígenos antes de reincorporarse a su puesto de trabajo tras haber realizado el aislamiento de siete días.
A pesar de esta reducción del tiempo de cuarentena en caso de ser positivos en coronavirus, el nuevo decreto aconseja que durante los tres días entre el siete y el diez, se extremen precauciones, reduciendo lo máximo posible las interacciones sociales y usando siempre mascarilla. "Especialmente se debe evitar el contacto con personas vulnerables", indica.
Por otra parte, los contactos estrechos con casos positivos seguirán exentos de aislamiento, siempre y cuando estén vacunados, aunque hay excepciones: los contactos de casos vinculados a brotes producidos por variantes Beta y Gamma y las personas con inmunodepresión.
El personal dependiente del Servicio de vigilancia Epidemiológica remitirá un correo electrónico o SMS personalizado con enlace indicativo de las recomendaciones, medidas a adoptar y el presente decreto de aplicación, con indicación de la fecha de inicio del aislamiento domiciliario/cuarentena, y que suponen la imposibilidad de salir de su domicilio ni de entrada de ninguna persona, salvo por motivos de asistencia sanitaria.
La nueva normativa, además, conlleva sanción si se incumple. El incumplimiento de la cuarentena constituirá infracción administrativa en salud pública, y serán objeto de las multas administrativas correspondientes, sin perjuicio de la responsabilidad civil, penal o de otro orden que concurra o pudiera derivarse.