TRIBUNALES

La Audiencia Nacional ratifica que ser pobre en Marruecos no basta para recibir asilo en España

- La Sala niega también la protección subsidiaria a un hombre que accedió a Ceuta a nado porque en el país vecino no hay “grave conflicto armado, de carácter étnico o religioso”

La Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional ha ratificado que alegar motivos “de naturaleza laboral y económica” para solicitar asilo en España no es causa suficiente para acceder a ese estatus. Con esa base ha rechazado el recurso presentado por un ciudadano marroquí que entró en Ceuta a nado durante la crisis de mayo de 2021 al que también ha denegado su solicitud de protección subsidiaria.

Según la sentencia, “no puede afirmarse que en Marruecos existe un grave conflicto armado, de carácter étnico o religioso”.

Sobre el fondo del asunto la Audiencia Nacional ha concluido que “la supuesta situación de pobreza o las necesidades de carácter laboral y económico” no son suficientes para configurar un grupo social y que la invocación de un “terror a morir por no poder alimentarse” es “forzada”. 

El veredicto apunta que “la necesidad de buscar una vida mejor” no encaja en ninguno de los supuestos contemplados en la Convención de Ginebra o la ley que regula el derecho de asilo y de protección subsidiaria en España.

Unos mil ciudadanos marroquíes han pedido asilo en Ceuta en lo que va de 2024, más que en los dos años anteriores juntos, cuando lo hicieron 883. El Gobierno español desestima más del 90% de esas solicitudes, pero hasta que se pronuncia y mientras los expedientes están en trámite los peticionarios tienen derecho a libre circulación por el territorio nacional.