CORONAVIRUS
CSIF persiste en que los trabajadores de servicios esenciales deben dotarse de protección individual
02 de abril de 2020 (20:56 h.)
Hoy se cumplen 20 días desde que el Gobierno decretó el estado de alarma por la pandemia del COVID-19. A lo largo de este periodo se han ido adoptando medidas encaminadas a la contención de la propagación del contagio. El 28 de marzo se prorrogó el estado de alarma y posteriormente se endurecieron las medidas de confinamiento hasta el punto de acordar el cese de la actividad comercial a excepción de los servicios esenciales.
CSIF desde el mes de enero y a lo largo de este periodo ha propuesto y solicitado al Gobierno medidas encaminadas a la protección de las condiciones laborales del conjunto de los empleados públicos y del resto de trabajadores que por su actividad profesional se exponen al posible contagio de este virus.
Entre las propuestas de CSIF se encuentra la modificación del procedimiento de actuación para los servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al coronavirus que el Ministerio de Sanidad publicó el 11 de marzo.
El 16 de marzo CSIF se dirigió por escrito al Ministro de Sanidad, como máxima autoridad delegada, para que se contemplase como colectivos de “exposición al riesgo” a Policías (Nacional, Autonómica y Local), Bomberos, Guardia Civil, Personal Aduanero, Personal de Salvamento y Personal de Seguridad y consecuencia de ello no se requería para ellos el uso de EPIs, puesto que por la actividad profesional que desarrollan estos colectivos su exposición al posible contagio era mucho mayor que la reflejada en dicho procedimiento.
Mediante escritos presentados el 17 de marzo, 18 y 24 de marzo CSIF, entre otras peticiones, reiteró al Ministro de Sanidad la conveniencia de modificar dicho procedimiento e incluir como personal de “exposición al riesgo” a todos los trabajadores de servicios esenciales. El 30 de marzo CSIF volvió a reiterar por escrito dicha petición y solicitó que el contagio por Covid-19 fuese considerado a todos los efectos (indemnización, pensión, etc.) contingencia profesional.
El Ministerio de Sanidad, lejos de corregir los escenarios de riesgo en el entorno laboral e incluir a los colectivos que CSIF solicitó, en la última actualización del procedimiento, en fecha 30 de marzo, incluyó a los Empleados de Instituciones Penitenciarias, con la misma clasificación de baja probabilidad de exposición al coronavirus, lo que a juicio de CSIF supone un grave error ya que este tipo de decisiones dejan abandonados “a su suerte” a estos colectivos que realizan a diario una actividad esencial.
Desde CSIF reiteramos nuestra petición y exigimos al Ministro de Sanidad que proceda a la revisión del procedimiento de actuación de los servicios de prevención y dote a estos colectivos de protección individual ya que se encuentran, junto con los trabajadores de sanidad, en primera línea en la lucha contra esta pandemia que tanto sufrimiento y dolor está causando a nuestra sociedad y su actividad profesional está considerada esencial.
CSIF desde el mes de enero y a lo largo de este periodo ha propuesto y solicitado al Gobierno medidas encaminadas a la protección de las condiciones laborales del conjunto de los empleados públicos y del resto de trabajadores que por su actividad profesional se exponen al posible contagio de este virus.
Entre las propuestas de CSIF se encuentra la modificación del procedimiento de actuación para los servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al coronavirus que el Ministerio de Sanidad publicó el 11 de marzo.
El 16 de marzo CSIF se dirigió por escrito al Ministro de Sanidad, como máxima autoridad delegada, para que se contemplase como colectivos de “exposición al riesgo” a Policías (Nacional, Autonómica y Local), Bomberos, Guardia Civil, Personal Aduanero, Personal de Salvamento y Personal de Seguridad y consecuencia de ello no se requería para ellos el uso de EPIs, puesto que por la actividad profesional que desarrollan estos colectivos su exposición al posible contagio era mucho mayor que la reflejada en dicho procedimiento.
Mediante escritos presentados el 17 de marzo, 18 y 24 de marzo CSIF, entre otras peticiones, reiteró al Ministro de Sanidad la conveniencia de modificar dicho procedimiento e incluir como personal de “exposición al riesgo” a todos los trabajadores de servicios esenciales. El 30 de marzo CSIF volvió a reiterar por escrito dicha petición y solicitó que el contagio por Covid-19 fuese considerado a todos los efectos (indemnización, pensión, etc.) contingencia profesional.
El Ministerio de Sanidad, lejos de corregir los escenarios de riesgo en el entorno laboral e incluir a los colectivos que CSIF solicitó, en la última actualización del procedimiento, en fecha 30 de marzo, incluyó a los Empleados de Instituciones Penitenciarias, con la misma clasificación de baja probabilidad de exposición al coronavirus, lo que a juicio de CSIF supone un grave error ya que este tipo de decisiones dejan abandonados “a su suerte” a estos colectivos que realizan a diario una actividad esencial.
Desde CSIF reiteramos nuestra petición y exigimos al Ministro de Sanidad que proceda a la revisión del procedimiento de actuación de los servicios de prevención y dote a estos colectivos de protección individual ya que se encuentran, junto con los trabajadores de sanidad, en primera línea en la lucha contra esta pandemia que tanto sufrimiento y dolor está causando a nuestra sociedad y su actividad profesional está considerada esencial.