Pese al argumento esgrimido por la Empresa de que las aportaciones a los planes de pensiones debían ser consideradas salario y superaban el incremento presupuestario aprobado para ese año, la Magistrada de lo Social ha dado la razón en su totalidad a los argumentos expuestos por el letrado de UGT de que en los citados presupuestos se establecía una partida específica para las aportaciones a los planes de pensiones.
El fallo de la Magistrada resulta inapelable estimando en todos sus términos la demanda interpuesta por UGT, declarando que la conducta de la entidad de no contratar y realizar la aportación mensual de 40 euros para cada trabajador durante el año 2022 y 2023 es contrario al art. 29 del Convenio Colectivo, condenando a la entidad demandada a realizar las aportaciones de 40 euros por trabajador a los planes de pensiones correspondientes a los años 2022 y 2023.
Desde UGT Servicios Públicos se congratulan de que se haya hecho justicia con los trabajadores de Obimasa, ya que consideran que ha existido una mala fe y un intento de engaño a los trabajadores, ya que firman una cosa con intención de no cumplirla, algo que asegura el sindicato ya está observando en otros convenios, como el de Procesa.
SINDICATOS
UGT consigue que los trabajadores de Obimasa tengan plan de pensiones
- El juzgado de lo Social nº 1 de Ceuta ha dictado sentencia sobre la demanda que los Servicios Jurídicos de UGT interpusieron contra la Empresa Municipal OBIMASA S.A.U. por el incumplimiento del artículo 29 del Convenio Colectivo de la Empresa sobre los Planes de Pensiones que dice textualmente: “La empresa contratará un plan de pensiones para cada trabajador con una aportación mensual de 40 euros, siempre que reúna los requisitos mínimos exigidos por la entidad bancaria con la que se contrate el Plan siempre conforme a lo que la legislación de aplicación establezca”
29 de octubre de 2024, 15:01