El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rechazado el recurso interpuesto por la Abogacía del Estado contra una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Ceuta que declaró ilegal la devolución sin más procedimiento de inmigrantes interceptados intentando acceder irregularmente a la ciudad a nado.
"Nos encontramos", concluye el veredicto, "ante una interceptación de una persona que intenta realizar la entrada en territorio nacional por vía marítima cruzando a nado en lugar de por punto fronterizo habilitado al efecto y se encuentra indocumentado. En conclusión pues, la total ausencia de procedimiento ha supuesto, en este caso, como aprecia la sentencia de instancia, una vía de hecho".
Coordinadora de Barrios, No Name Kitchen y el Servicio Jesuita a Migrantes han valorado en un comunicado que "se confirma la decisión del Juzgado señalando que este rechazo de naturaleza tan excepcional sólo está previsto en el perímetro de la valla y recordando que en el resto de ubicaciones deberá emplear el procedimiento de devolución ordinaria con todas sus garantías".
Según las tres oenegés "en la actualidad hay otros dos procedimientos pendientes sobre los que los juzgados de Ceuta deben pronunciarse". Tal y como han precisado, "en todos los asuntos analizados por la justicia ha quedado acreditado que los litigantes fueron interceptados por la Guardia Civil en el mar o en la playa mientras trataban de acceder a la costa ceutí y, posteriormente, fueron devueltos a Marruecos sin haber podido tener asistencia letrada ni intérprete.
"Exigimos el cese de esta práctica -declarada ilegal por los juzgados-, reclamamos el reconocimiento de todas las garantías procedimentales a las personas extranjeras y recordamos que el control de fronteras es una responsabilidad del Estado que debe ejercerse con pleno respeto a los Derechos Humanos", han resumido.