La Sección 6ª de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta ha revocado la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº5 contra VOX y Juan Sergio Redondo presidente de la formación en Ceuta, que obligaba a indemnizar en la cantidad de 10.000 euros a Juan Manuel Aguiar Moreno -exmiembro de la formación- por supuestos daños morales.
Recordar que Los hechos tuvieron lugar después de que salieran a la luz los mensajes de wasap del grupo de VOX. A través de una nota, el presidente de esta formación acusó a dos ex miembros de su partido, entre ellos Aguiar, de haber participado en una conspiración para “coaccionar” a Redondo a través de un “entramado delictivo”. Esto originó una primera sentencia en que se acusaba a Redondo de intromisión ilegítima en el honor de su ex compañeros y de causarles “daños morales”.
Ante la misma, tanto el partido como el presidente interpusieron recurso de apelación y ahora el tribunal provincial se ha pronunciado a favor de VOX y Redondo.
La Audiencia Provincial apunta así que “no solamente puede admitirse que lo que se anunciaba en la nota de prensa en cuanto a la presentación de una denuncia era verdad, sino que los hechos narrados en la misma en ningún caso se consideraron falsos o ajenos a la realidad por el instructor, que la inadmitió por carecer los mismos de la necesaria tipicidad penal”.
Este fallo de la Audiencia Provincial, que revoca la condena en primera instancia, satisfaciendo las pretensiones de los demandados, VOX y Redondo, condena al actor, Juan Manuel Aguiar Moreno, al pago de las costas de la primera instancia.