El Gobierno de la nación ha publicado, este sábado, en el BOE las condiciones que deben reunir las personas que quieran cruzar la frontera del Tarajal a partir de su reapertura el próximo martes, 17 de mayo.
Las categorías de personas habilitadas para cruzar la frontera, en una primera fase, serán exclusivamente dos: aquellas personas que reúnen los requisitos exigibles para trasladarse al resto del espacio Schengen y los trabajadores transfronterizos legalmente autorizados.
Dado que algunos trabajadores transfronterizos tienen concedida la autorización correspondiente pero aún no disponen de la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE), se habilitará su paso mediante visados válidos exclusivamente para Ceuta y Melilla.
Sólo se reabren, en esta fase, los puestos de El Tarajal, en Ceuta, y Beni Enzar, en Melilla, pues los restantes se dedicaban exclusivamente al paso de categorías de personas que no cumplen los requisitos que ahora se demandan.
Para las personas que reúnen los requisitos exigibles para trasladarse al resto del espacio Schengen, la apertura se producirá el 17 de mayo a las 00:00 horas; y para los trabajadores transfronterizos, el 31 de mayo a las 00:00 horas.
Requisitos sanitarios
En cuanto a los requisitos sanitarios, el Gobierno también ha publicado este sábado una orden ministerial en la que establece las medidas de control sanitario a las personas que crucen la frontera para acceder a Ceuta, las mismas que deberán disponer de un certificado de vacunación, que confirme que el titular ha recibido una pauta de vacunación contra la COVID-19 válida; certificado de prueba diagnóstica, que confirme que el titular se ha realizado una prueba diagnóstica negativa; o certificado de recuperación, que confirme que, tras un resultado positivo de una prueba diagnóstica, el titular se ha recuperado de una infección por el SARS-CoV-2.